El máximo tribunal decidió la constitucionalidad de la norma con seis votos a favor y sólo uno, el de Carlos Fayt, en contra.
La Corte Suprema de Justicia declaró hoy por mayoría de seis de sus siete miembros la constitucional de la ley de medios promovida por el Gobierno Nacional al rechazar los pedidos de inconstitucionalidad planteada por el Grupo Clarín de cuatro artículos clave.
Fuentes judiciales informaron que el Tribunal, por mayoría, declaró la constitucionalidad de la Ley 26.522, de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA), en el primer acuerdo celebrado por la Corte post elecciones del 27 de octubre pasado; y en donde en líneas generales los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton; Enrique Petracchi, Eugenio Zaffaroni, y Carmen Arbigay, Juan Carlos Maqueda (estos dos con disidencias parciales) votaron a favor; y una disidencia total de Carlos Fayt.
La mayoría declaró constitucional todos los artículos: el 161 referido al plazo de desinversión de señales cuando un medio supera el límite (para la Corte ya está agotado el mismo); el 45 referido al tope de licencias; el 48 sobre la concentración mediática; y el 41 el cual prevé la potestad del Estado en distribuir el espacio radioeléctrico.
A raíz del fallo, el AFSCA a partir de hoy puede aplicar la ley y obligar a al multimedios Clarín a adecuarse pues para los jueces está agotado el plazo de un año que fijaba el artículo 161 de la misma.
Para todos los jueces, excepto Fayt, la ley es constitucional, pero sí hay diferencias en cuanto a la aplicación de la norma, y de haber una quita de señales para el Grupo Clarín será merecedora de una indemnización económica y -según fuentes judiciales a Noticias Argentinas- eso demandará un largo camino de discusión en Tribunales.
Por ello es que la Corte trasladó la discusión ahora entre la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), e incluso fijó una serie de pautas para aplicar la ley tales como la distribución de la publicidad oficial, el respeto a la libertad de expresión y que el órgano de aplicación sea independiente, entre otros.