30-04-2015

Suspenden convenio laboral porque no estuvieron representadas las farmacias

La Justicia dicto una medida cautelar y avaló la postura de las farmacias: no estuvieron representadas en la discusión paritaria, por lo tanto no es legítima.

farmacia

La Justicia suspendió la vigencia de la paritaria de los empleados de farmacias.

La Justicia Laboral suspendió mediante una medida cautelar, la aplicación de un convenio paritario firmado por dos entidades que representan a los farmacéuticos por considerar que en la instancia de negociación no participó el sector que representa a los propietarios de las farmacias. El reclamo había sido presentado por la Federación Argentina de Cámaras de Farmacias (FACAF) contra el convenio colectivo identificado como 702/14 que había sido firmado en setiembre del año pasado por el Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFYB), que conduce el sindicalista Marcelo Peretta, y la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA).

La jueza Liliana Mónica Tarbuchi, del juzgado Nacional de Primera Instancia N° 24 de la ciudad de Buenos Aires, aceptó los cuestionamientos de las farmacias del país y aseguró, en su dictamen que «está acreditado que la entidad no ha participado en la negociación, y que eventualmente los intereses que protege pudieran ser afectados». A partir de esta resolución, las farmacias adheridas a FACAF – más de 5.000 en todo el país- no están obligadas a cumplir con lo dispuesto en el convenio 702/14, según explicaron en la Justicia.

El planteo ante el fuero laboral se hizo luego de no obtener una respuesta por parte del ministerio de Trabajo. Ante ese organismo se había presentado una impugnación administrativa en octubre de 2014, un mes después de haberse firmado «aviesamente y a espaldas de los empleadores» el convenio paritario cuestionado. Ahora, la jueza Tarbuchi sostuvo que «a impugnación formulada por la Federación fue presentada en octubre de 2014 y al presente el organismo no se expidió al respecto, todo lo que diluye la presunción de una resolución oportuna y temporal tendiente a evitar lesión de derechos como los que motiva la presente demanda».

Por ese motivo, la magistrada resolvió dictar una medida cautelar y dispuso que «las disposiciones contenidas en el convenio colectivo de trabajo nº 702/14, suscripto entre SAFYB y COFA no alcanzará a los representados por la Federación Argentina de Cámara de Farmacias (FACAF) hasta que recaiga resolución definitiva y firme».